La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) impuso una multa de 42.8 millones de pesos a la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) por infringir el marco jurídico aplicable en el uso de datos biométricos del sistema FAN ID.
El monto de la multa se determinó considerando la gravedad de las infracciones, la naturaleza sensible de los datos biométricos tratados y la capacidad económica de la FMF, de acuerdo a su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal de 2024. La notificación de esta resolución obedece estrictamente a los plazos previstos en la ley y al desarrollo del procedimiento administrativo correspondiente.
La autoridad resolvió que la asociación civil cometió dos infracciones: no haber informado de manera adecuada a los aficionados que sus datos biométricos tenían el carácter de datos personales sensibles, ni obtenido el consentimiento expreso y por escrito de los titulares para tratar sus datos sensibles.
Para tratar datos sensibles, la ley exige el consentimiento expreso y por escrito del titular, el cual debe ser inequívoco, es decir, que existan elementos que demuestren de manera indudable su otorgamiento. La FMF se limitó a utilizar el marcado de una casilla en un sitio web, sin recabar firma autógrafa ni firma electrónica o cualquier otro mecanismo de autenticación que acreditara de manera indudable que era el titular quien otorgaba su consentimiento.
También se determinó que la FMF incumplió con los principios de responsabilidad y licitud por no adoptar las medidas necesarias para garantizar el debido tratamiento de los datos personales. La investigación probó que la FMF recababa fotografías de los aficionados para generar el FAN ID, sin precisar en su aviso de privacidad que se trata de datos sensibles, omisión que impidió que los titulares conocieran el alcance real del tratamiento de su información personal.
La Federación Mexicana de Fútbol cuenta con los medios de defensa previstos en el sistema jurídico para impugnar la determinación si así lo considera procedente.